El economista tributario José Antonio Bravo opina que el plazo para presentar el Modelo 721 “es suficiente”.
Debido a la presión gubernamental sobre los usuarios españoles de bitcoin (BTC) y criptomonedas, los inversionistas del país ibérico han optado por comenzar a ejercer la autocustodia. Esto, como una estrategia para escapar de la obligatoriedad informativa que rige en esa nación.
Así lo señaló en contacto el economista tributario José Antonio Bravo, quien está notando que los inversionistas, tenedores de BTC y otras criptomonedas optan por custodiar sus propios activos. Algo que puede realizarse mediante monederos de autocustodia o hardware wallets (carteras frías).
En España, los usuarios de criptomonedas que tengan más de 50.000 euros denominados en estos activos y estén bajo la custodia de una persona o entidad que no esté asentada en el país; deben declarar la totalidad de sus tenencias ante la Agencia Tributaria, mediante el Modelo de Declaración 721.
La semana pasada, los contribuyentes españoles tienen hasta el 31 de marzo del presente año para presentar sus modelos. De lo contrario, podrían estar sujetos a multas y penalidades que sobrepasan los 300 euros.
Para Bravo, quien está al frente de la firma legal y de asesoría Fiscal Crypto, el plazo para declarar bajo el Modelo 721 es “suficiente”. Ello, considerando que “ya se venía anunciando desde 2021”, cuando fue modificada la Ley General Tributaria para introducir esta obligación informativa. “Por lo que no ha sido una sorpresa”, aseveró.
Bravo también destacó que el plazo del Modelo 721 es idéntico al del ya extinto Modelo 720. Esta forma de declaración se suspendió en enero de 2022 por ordenanza del el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Este organismo aseveró que ese modelo era una “diferencia de trato” para los inversionistas españoles.
Un diseño bastante complejo
En la opinión de Bravo, la obligación declarativa bajo el Modelo 721 tiene un diseño “bastante complejo” y está “causando problemas”, incluso, para los profesionales del área, como los contadores públicos.
Para él, este diseño debió haberse hecho más sencillo. Esto último, considerando que, por ejemplo, el número de decimales de las unidades y el precio unitario de cada criptomoneda “causa diferencias en algunos casos con respecto al total, lo que da errores en la introducción de datos”.
Y no es poca cosa, considerando que el entregar datos errados o inexactos a Hacienda podría costar una multa monetaria que asciende los 150 euros, según la normativa oficial.
A esto se suma que los proveedores de servicios con criptomonedas no facilitan datos concretos, de acuerdo con Bravo. Es así como estas entidades no ofrecen su dirección física o un número de identificación fiscal, que se exigen en el Modelo 721.
“Creo que el dato principal debería ser la dirección web de estos proveedores porque la mayoría se utilizan mediante web”, señaló Bravo.
El economista dijo que no hay cifra definida de la cantidad de inversionistas y propietarios de criptomonedas que ya han declarado tener monedas digitales en el extranjero ante la Hacienda española, debido a que la campaña de información sigue activa.