El Banco de España está preparado para llevar a cabo funciones de supervisión, inspección y sanción en relación con las obligaciones establecidas en el reglamento MiCA.
Con el propósito de anunciar las medidas que se implementarán para aplicar el Reglamento para el Mercado de Criptoactivos (MiCA), el Banco de España (BdE) publicó un instructivo dirigido a los participantes del ecosistema que operan con activos digitales identificados en la nueva legislación como ART (tokens referenciados a activos) y EMT (tokens de dinero electrónico).
El comunicado del BdE detalla cómo se aplicará MiCA en España, con el objetivo de regular el mercado de stablecoins, que son monedas respaldadas por otros activos.
Es importante recordar que, aunque ambos tipos de criptoactivos buscan mantener un valor estable, se diferencian en que los ART se respaldan con una cesta de divisas, mientras que los EMT están vinculados a una sola moneda. Estos últimos son los que comúnmente se conocen en el mercado de criptomonedas como stablecoins, como USDT y USDC, ambas vinculadas al dólar estadounidense.
Así lo indica el documento publicado el 10 de julio en el sitio oficial del Banco de España, con el cual el organismo reafirma su autoridad para supervisar e inspeccionar este sector del mercado de criptomonedas.
El comunicado también señala que el Banco de España tiene la potestad de prohibir operaciones y aplicar sanciones a las empresas que ofrezcan servicios o realicen transacciones con monedas estables sin la debida autorización.
“En términos generales, solo pueden ser emisores en el país las personas jurídicas que cuenten con la debida autorización del Banco de España y las entidades de crédito que hayan obtenido la previa aprobación del correspondiente libro blanco”, según indica el comunicado. Este debe ser presentado ante el organismo para su aprobación.
Se aclara que los emisores de tokens referenciados a activos (ART) que hayan realizado emisiones antes del 30 de junio de 2024 (fecha en la que entraron en vigor las normas MiCA en la Unión Europea) pueden continuar haciéndolo durante un período transitorio de seis meses, según el artículo 143.
Sin embargo, se les exige que soliciten la aprobación de su libro blanco ante el Banco de España antes del próximo 30 de julio.
Por otro lado, los emisores de tokens de dinero electrónico (EMT) desde el 30 de junio solo pueden emitir con el permiso otorgado a entidades de crédito o entidades de dinero electrónico. Estos también deben presentar su libro blanco antes de fin de mes para quedar debidamente autorizados por el Banco de España, sin un periodo de transición.
Se recomienda verificar que las stablecoins tienen autorización. El Banco de España podrá exigir a los emisores de ART o EMT que cesen o suspendan sus comunicaciones publicitarias y podrá informar al público sobre los emisores de monedas estables que no cumplan con sus obligaciones.
El organismo insta a las personas interesadas en adquirir stablecoins en el país a consultar los libros blancos de los emisores para verificar su debida autorización.
Estas funciones de supervisión del Banco de España serán compartidas con la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), que supervisará el cumplimiento de las normas establecidas en MiCA para el funcionamiento de los exchanges y otras empresas que ofrecen servicios con bitcoin (BTC).
Para aclarar las disposiciones aplicables en España, el Banco de España recomienda a las personas y empresas interesadas en operar con stablecoins que se pongan en contacto con ellos antes de iniciar los procedimientos formales previstos en MiCA. A tal efecto, se han puesto a disposición del público unos formularios de comunicación.
El comunicado del Banco de España se presenta en un contexto en el que comienza a reconfigurarse el mercado de criptomonedas de la UE tras la entrada en vigor de la primera fase de MiCA. La segunda fase se implementará en diciembre próximo, y España destaca entre los países de la región que adelantó la fecha de vigencia de la legislación.